REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

JUZGADOS DE CIRCUITO
Juzgados de Circuito
Radicado No. 11001-31-03-000-2026-00003-00
Auto que resuelve solicitud de aclaración
En atención al recurso de reposición presentado por la Policía Nacional dE Colombia y su Dirección General contra la Orden Judicial N.º 7532/2026-0001, este juzgado procede a resolver conforme a las siguientes consideraciones:
CONSIDERACIONES
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Este despacho reconoce que la Policía Nacional posee competencias constitucionales propias relacionadas a la seguridad ciudadana, prevención del delito y mantenimiento del orden público, por lo cual la presente decisión no pretende interferir en su estructura operativa ni imponer cargas que afecten el cumplimiento de sus funciones.
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No obstante, la administración de justicia requiere condiciones mínimas de seguridad que permitan garantizar la independencia judicial, la protección de funcionarios, servidores públicos, usuarios y demás personas que concurren a las instalaciones judiciales.
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Debe señalarse que el día 19 de junio de 2026, se presentó un intento de ingreso no autorizado al Departamento de Justicia por parte de grupos armados, situación que generó la intervención inmediata de la Policía Nacional en coordinación con el grupo COPES, quienes actuaron con el objetivo de controlar la situación, preservar el orden y garantizar la seguridad. Sin embargo, en consecuencia de esto, resultó la baja de un funcionario del Departamento de Justicia.
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Dicho acontecimiento constituye un antecedente objetivo que permite advertir la existencia de un riesgo potencial para la seguridad institucional y el adecuado funcionamiento del servicio de administración de justicia.
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En consecuencia, este juzgado considera que la medida adoptada cuenta con fundamentos suficientes, toda vez que no se basa únicamente en apreciación preventiva, sino en hechos recientes que evidencian la necesidad de mantener mecanismos de protección y coordinación institucional.
Sin perjuicio de lo anterior, se considera procedente ajustar el alcance de la orden, con el fin de respetar la capacidad operativa de la Policía Nacional, y evitar una afectación desproporcionada de sus funciones.
Este despacho, por medio del a presente,
RESUELVE:
PRIMERO. MODIFICAR parcialmente la Orden Judicial N.º 7532/2026-0001, aclarando que la medida de seguridad dispuesta no implica la asignación permanente y exclusiva de personal policial dentro del Departamento de Justicia.
SEGUNDO. MANTENER la obligación de coordinación institucional entre la fuerza pública para garantizar condiciones adecuadas de seguridad dentro y alrededor de las instalaciones judiciales.
TERCERO. DISPONER que la Policía Nacional adopte, conforme a sus capacidades operativas y valoración institucional del riesgo, las medidas preventivas necesarias, incluyendo la presencia policial, vigilancia, controles de acceso y demás acciones que considere pertinente.
CUARTO. RECONOCER la importancia de la labor desarrollada por la Policía Nacional y el grupo COPES durante la intervención realizada ante el intento de ingreso no autorizado ocurrido en las instalaciones del Departamento de Justicia.
QUINTO. CITAR al Sr. LIAM VOLKOV, en calidad de Director General de la Policía Nacional de la República de Colombia, a diligencia de indagación sobre los procedimientos operacionales adoptados respectos de la seguridad del Departamento de Justicia, y de los hechos ocurridos recientemente, con el fin de conocer protocolos aplicados, la respuesta institucional y la disponibilidad operativa existente.
SEXTO. NOTIFICAR la presente decisión a la Dirección General de la Policía Nacional para su conocimiento e inmediato cumplimiento.
Notifíquese, comuníquese y cúmplase,
Dado en la ciudad de Santiago de Cali, a los 20 días del mes de junio de 2026.
Ismael Brugman
Juez de Circuito
Firma de providencia · 20/06/2026, 9:35 p. m.
Código de verificación: SIG-8A901AAE8C9FEA20
Ismael Brugman
Juez de Circuito
Firma de providencia · 21/06/2026, 12:49 a. m.
Código de verificación: SIG-0802D34B1E332461
Ismael Brugman
Juez de Circuito
Firma de providencia · 21/06/2026, 12:49 a. m.
Código de verificación: SIG-2B4A7CAF67187B13
Ismael Brugman
Juez de Circuito
Firma de providencia · 21/06/2026, 12:49 a. m.
Código de verificación: SIG-30C494D1A68E54B5
Ismael Brugman
Juez de Circuito
Firma de providencia · 21/06/2026, 12:49 a. m.
Código de verificación: SIG-011AF3E0B1AC0CB3
Ismael Brugman
Juez de Circuito
Firma de providencia · 21/06/2026, 12:50 a. m.
Código de verificación: SIG-BB8718414184C1B3
Ismael Brugman
JUEZ DE CIRCUITO
Firma de providencia · 21/06/2026, 12:51 a. m.
Código de verificación: SIG-7DA336F182C9D9D6
Sistema ficticio de demostración académica. No corresponde a una autoridad judicial real ni produce efectos jurídicos.